Documento técnico para un debate social sobre el uso normalizado del cannabis

Xabier Arana Berastegi y Isabel Germán Mancebo
Servicio Central de Publicaciones del Gobierno Vasco
Diciembre 2005

cannabis-tecnicoEl presente texto pretende contribuir a impulsar el debate social sobre el uso normalizado del cannabis, donde estén presentes los derechos y los deberes de todas las partes afectadas en coherencia con los principios del Estado social y democrático de Derecho y, por tanto, con los derechos humanos.

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Nuestra sociedad tiene la madurez suficiente para abordar un debate social de estas características, capaz de evitar la improvisación y la superficialidad con la que muchas veces se afrontan las cuestiones relacionadas con las drogas en general, y con el cannabis en particular. Los conocimientos que actualmente poseemos sobre estas cuestiones pueden ayudarnos, por un lado, a desideologizar y desmitificar algunos de los aspectos de la cuestión, y por otro, a racionalizar un debate caracterizado, entre otros aspectos, por excesivas concepciones maximalistas.

Conclusiones

— El cannabis cuenta con un largo historial de consumo entre la población, y en la actualidad es la droga ilegal que más se produce, con la que más se trafica y la que más comúnmente se consume a escala mundial.

— El cannabis y sus derivados han tenido a lo largo de la historia, y siguen teniendo diversos usos: gastronómico, religioso, en el proceso de socialización, creativo y artístico y usos industriales. También se ha consumido con finalidades terapéuticas y lúdicas.

— El uso terapéutico abarca no solo el uso médico, sino también la automedicación y el denominado efecto placebo. Desde un punto de vista terapéutico, el cannabis se ha empleado para calmar dolores, como antiemético, para combatir los dolores de la esclerosis múltiple, el glaucoma, la epilepsia, los trastornos del estado de ánimo y del sueño, como estimulante del apetito y en los trastornos neurológicos del movimiento. Sin embargo no ha ofrecido los mismos resultados en todas estas enfermedades.

— En diversos países (Canadá, Países Bajos, Gran Bretaña, Suiza,...) el uso terapéutico del cannabis dispone de apoyo legal ante determinados supuestos, como el uso compasivo o uso humanitario, para paliar determinados dolores y las reacciones adversas de los efectos secundarios de la quimioterapia.

— El descubrimiento del sistema cannabinoide y su participación en múltiples funciones fisiológicas básicas del organismo ha renovado el interés de la medicina por los compuestos cannabinoides que, a partir de los datos preclínicos, se le intuye un amplio potencial clínico, sobre todo en los trastornos de tipo neurológico.

— Pese a los esfuerzos de la actual política prohibicionista, el uso lúdico de cannabis es hoy una realidad. Entendemos por uso lúdico, el consumo que tiene como finalidad promover el placer, la felicidad o la euforia de las personas consumidores. La mayoría de las personas que consumen cannabis hacen un uso moderado de la sustancia.

— Los efectos del cannabis están condicionados por la dosis (según la cantidad y la calidad), la experiencia subjetiva de la persona y el estado de ánimo y la personalidad de quien la consuma. Entre los aspectos positivos destacan su capacidad para relajar, la potenciación de la comunicación y sociabilidad y el estado de bienestar. Entre sus efectos negativos se indican la apatía, pasividad, pereza que provoca un consumo intenso y prolongado, la alteración de la memoria (olvidos, despistes,...), ansiedad, aislamiento, etc.

— Hay una preocupación social por el aumento del consumo del cannabis por personas menores de edad y, por tanto, en proceso de maduración.

— El cannabis, como todas las drogas, no es una sustancia inocua pero, en virtud de los datos de que se dispone actualmente, no tiene efectos tan nocivos como otras sustancias hoy en día legalizadas.

— La economía relacionada con el cannabis y sus derivados mueve muchos miles de millones de euros. Tanto desde el punto de vista legal (venta de semillas, plantaciones para uso terapéutico, publicaciones, medios empleados para combatir la ilegalidad de la sustancia y a sus consumidores), como desde el punto de vista ilegal (plantaciones, tráfico, blanqueo de dinero,...,).

— Desde un punto de vista político la prohibición de determinadas drogas es rentable porque ha sido y es utilizado por todos los gobiernos, sean de derechas o de izquierdas, sean dictaduras o democracias. El cannabis se está utilizando como forma de control social (por medio de sanción pecuniaria o mediante sometimiento a tratamiento) sobre todo con personas jóvenes.

— El estatus legal del cannabis en la Unión europea pone en evidencia las diferentes políticas con respecto al uso de esta sustancia existentes en los estados miembro. Actualmente, a pesar de que el margen de maniobra para la normalización del cannabis en el ámbito internacional es prácticamente inexistente, la mayoría de los países europeos han hecho objeto de revisión sus respectivas políticas y perspectivas sobre el uso de cannabis, mostrando un alejamiento de la perspectiva más represiva.

— Las sanciones penales que pueden legalmente aplicarse a los consumidores de cannabis siguen siendo motivo de controversia en la UE, y los Estados miembros adoptan enfoques considerablemente distintos con respecto a esta cuestión. Así, la forma de perseguir las ilegalidades relacionadas con el cannabis en el territorio de la UE es heterogénea.

— No obstante, en este contexto el uso terapéutico del cannabis se considera una cuestión importante dentro de las políticas europeas sobre drogas, y ha aumentado el conocimiento y la concienciación sobre las características terapéuticas de esta sustancia.

— En el ámbito estatal, los comportamientos relacionados con las drogas se encuentran regulados desde el Derecho penal y el Derecho administrativo sancionador. Las infracciones relacionadas con el cannabis, como la posesión y el uso en lugares públicos, son castigadas administrativamente. Por tanto, no es delito ni consumir ni la tenencia para el propio consumo.

— La doctrina mayoritaria interpreta restrictivamente los preceptos de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana dejando al margen de la sanción administrativa conductas inofensivas para la seguridad ciudadana, como son el consumo privado y, sobre todo, la tenencia para tal consumo. Esta interpretación puede abrir ciertos ámbitos a la licitud.

— La Ley 17/1967, de 8 de abril, de normas reguladoras por las que se actualizan las normas vigentes sobre estupefacientes adaptándolas a lo establecido en el Convenio de 1961 de Naciones Unidas admite el uso en cuatro supuestos, médico, industrial, científico o docente, lo que puede configurarse como el marco legal para plantear iniciativas de uso y tenencia lícitos del cannabis. Asimismo, hay determinados sectores partidarios de su derogación.

— En la Comunidad Autónoma del País Vasco el consumo de cannabis ha alcanzado una visibilidad importante en los últimos años y se consume abiertamente y sin intentos de ocultación en numerosos lugares públicos. Se puede afirmar, tal y como se explica en el V Plan de Drogodependencias, que se vive una tolerancia social hacia el cannabis, que no se da con otras sustancias ilegalizadas.

— La Ley 18/1998, de 25 de junio, sobre prevención, asistencia e inserción en materia de drogodependencias, aprobada por el Parlamento Vasco, es consciente de que no todo uso de drogas es de por sí problemático o pernicioso para la salud.

— El debate sobre una política diferente en materia de cannabis ha estado mediatizado por el enfoque moral, por la exageración de los riesgos y por partir de un falso supuesto (el consumo potenciaba actos violentos), es decir, en gran medida condicionada por los estereotipos sociales.

— Desde los conocimientos que se tienen actualmente sobre el cannabis, se sabe que es posible un consumo controlado y responsable, sin dañar a la salud más de lo que puedan afectar otras drogas legalizadas.

— Un debate social sobre el uso normalizado del cannabis, debe tener presentes los derechos y los deberes de todas las partes afectadas en conherencia con los principios del Estado social y democrático de Derecho y, por tanto, con los derechos humanos. Nuestra sociedad tiene la madurez suficiente para abordar un debate social de estas características.

— Ante el actual fracaso de las políticas en materia de drogas ilegalizadas, las consideraciones y las recomendaciones emanadas del Parlamento Europeo, entre ellas, el prestar una especial atención a las políticas alternativas y llevar a cabo un estudio científico sobre los costes y beneficios de las actuales políticas de control de las sustancias estupefacientes que incluya un análisis del cannabis y sus derivados, pueden ser una buena base para potenciar un debate social sobre el cannabis.

— Para que una iniciativa sobre el uso normalizado del cannabis en el plano internacional se lleve a la práctica no hay mucho margen de maniobra. Sin embargo, los cambios que se observan en las legislaciones para un uso terapéutico son significativos. Sería necesaria una modificación legislativa significativa para poder ampliar a una normalización de la legislación para el uso lúdico del cannabis.

— Aunque existen limitaciones legales al uso terapéutico del cannabis, éste se podría llevar a cabo si se cumplen determinadas condiciones. La apertura de locales abiertos al público para la adquisición y consumo de cannabis, no es actualmente posible con la actual legislación. En cambio, si son locales con un público restringido y en determinadas condiciones, no sería contrario a la legislación vigente.

— Actualmente se está confeccionando una legislación en materia de tabaco que pretende limitar su consumo en determinados lugares. Como la mayor parte del consumo de cannabis es por vía fumada, los criterios que se recojan en dicha legislación, pueden servir para regular también el cannabis en un contexto de normalización.