La Cámara Federal porteña ratificó que consumir estupefacientes en un espacio público, aún cuando por su escasa cantidad no deje dudas de que se trata de “uso personal”, constituye un delito porque potencialmente podría afectar a la “salud pública”. En la causa está procesado un joven que fue detenido por fumar marihuana en una pipa artesanal en una plaza pública.
 En una sentencia de tres carillas, dictada días antes de la "feria"  judicial que finaliza el próximo viernes, los camaristas Horacio Cattani  y Martín Irurzun confirmaron el rechazo a un planteo de la defensa del  acusado -cuya identidad no trascendió- que reclamaba se declarase una  "excepción de falta de acción".
En una sentencia de tres carillas, dictada días antes de la "feria"  judicial que finaliza el próximo viernes, los camaristas Horacio Cattani  y Martín Irurzun confirmaron el rechazo a un planteo de la defensa del  acusado -cuya identidad no trascendió- que reclamaba se declarase una  "excepción de falta de acción". 
 
La defensa sostenía que, en virtud del "fallo Arriola" de la Corte  Suprema que despenaliza la tenencia de drogas para consumo personal,  debía dejarse sin efecto la causa contra el joven que fue sorprendido  por la policía "fumando en una plaza pública una pipa artesanal,  elemento que fue incautado junto con un envoltorio de nylon con una  escasa cantidad de marihuana". 
 
Los camaristas Cattani e Irurzun afirmaron que, a su criterio, el fallo  de la Corte debía entenderse respecto de situaciones en las que no se  afecta la "salud pública" y permanecen en el ámbito de reserva e  intimidad "sin trascendencia a terceros" lo que no ocurría en un espacio  público como es una plaza. 
 
"Examinando las consideraciones efectuadas" por la Corte "entendimos que  las pautas tenidas en cuenta para discernir en cada caso si la actividad  puede o no considerarse resguardada por la esfera de intimidad  preservada por nuestra Carta Magna, entre las que se halla la posible  afectación a la salud pública en atención al lugar donde se desarrolla  la conducta", afirmaron. 
 
Por su parte, el camarista Farah recordó que, en anteriores ocasiones,  "me he expedido sobre la figura legal examinada, propiciando  reiteradamente -y en circunstancias fácticas similares a la presente- la  declaración de inconstitucionalidad del tipo cuestionado", motivo por el  cual propicio el sobreseimiento del imputado.