La Cámara de Casación declaró nula una sentencia y absolvió a un hombre  que tenía tres plantas de marihuana en su casa.  Los camaristas  explicaron que las plantas “se encontraban en el fondo de la vivienda”  por lo que “no es posible afirmar sin más que se ha excedido la esfera  de privacidad que ampara el artículo 19 de nuestra Carta Magna”