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Chile
Descriminalización parcial
Panorama de las leyes de drogas y tendencias legislativas en Chile
Tendencia
La aprobación de la Ley 20.000 en 2007 formalmente despenalizó la posesión de drogas para el uso individual inmediato en el ámbito privado. El uso o posesión de drogas en los lugares públicos es una infracción punible con multas, tratamiento forzoso, servicio comunitario y/o suspensión de la licencia de conducir.
Las mismas penas aplican a “las personas que consumen dichas drogas en lugares privados si se ha reunido para tal fin”. La carga de la evidencia la lleva la persona detenida en posesión de drogas. Las penas de prisión son altas (un año y medio – cinco años) si el juez no está convencido y determina que la intención era para su distribución o para compartir.
Si bien la mayoría de los casos terminan con la suspensión de las penas o sanciones administrativas únicamente, muchas personas detenidas con pequeñas cantidades aun terminan en la cárcel.
Una comisión de expertos fue creada en 2009 para recomendar reformas legislativas y está explorando la posibilidad de hacer una despenalización total del consumo de drogas y una reclasificación del cannabis.
Ley
La Ley No. 20.000 sustituye la Ley No. 19.366, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas:
Artículo 4.- “El que, sin la competente autorización posea, transporte, guarde o porte consigo pequeñas cantidades de drogas productoras de dependencia física o psíquica, o de materias primas que sirvan para obtenerlas, será castigado con nos menos de 541 días y hasta cinco años “a menos que justifique que están destinadas a la atención de un tratamiento médico o a su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo”.
Artículo 50.- “Lo que consumieren algunas de las drogas o sustancias estupefacientes o psicotrópicas de que hace mención el artículo 1º, en lugares públicos o abiertos al público tales como calles, caminos, plazas, teatros, cines, hoteles, cafés, restaurantes, bares, estadios, centros de baile o de música; o en establecimientos educacionales o de capacitación, serán sancionados con algunas de las siguientes penas”.
El listado menciona “asistencia obligatoria a programas de prevención hasta por sesenta días, o tratamiento o rehabilitación en su caso por un período de hasta ciento ochenta días en instituciones autorizadas por el Servicio de Salud competente” y/o multas, participación en actividades determinadas a beneficio de la comunidad, y la suspensión de la licencia de conducir. “Con las mismas penas serán sancionados quienes consuman dichas drogas en lugares o recintos privados, si se hubiesen concertado para tal propósito”. -
La crisis carcelaria y el fracaso de la politica criminal en Chile
Con la horrorosa muerte de 81 reclusos asfixiados y quemados en el Penal de San Miguel al terminar el pasado año estalló en Chile la crisis penitenciaria, aquello fue la expresión material y viva del fracaso de la política criminal del Estado, que nada tiene que ver con el aumento de la criminalidad en el país, ya que esta ha disminuido ostensiblemente en más de un 20% desde el año 2003 según la encuesta de victimización del INE y las encuestas de Paz Ciudadana.
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Chile: Delincuencia, droga y rehabilitación
Existe una forma eficaz de romper ese círculo: la rehabilitación
Junto con extender la capacidad de tratamiento, es necesario incorporar simultáneamente figuras de enjuiciamiento innovadoras, como los tribunales de tratamiento de drogas, que ya operan en 18 juzgados de garantía de cuatro regiones, y que han logrado disminuir los niveles de reincidencia a 24 por ciento. Solo así se podrá cumplir la premisa ya comprobada internacionalmente, e incorporada hace poco en el programa "Chile Seguro", según la cual una estrategia antidelictiva exitosa exige atender con igual intensidad las políticas sobre control, prevención y rehabilitación.




